Desde que Hacienda dejó claro en 2021 que las criptomonedas son activos sujetos a tributación, miles de inversores españoles se enfrentan cada año a la misma pregunta: ¿cómo declaro mis bitcoin, ethereum o altcoins? El problema es que la fiscalidad de las criptomonedas es genuinamente compleja: intervienen operaciones de compraventa, intercambios entre criptos, staking, airdrops y DeFi, cada uno con tratamiento fiscal diferente. Esta guía cubre lo esencial para que no te lleves sorpresas con Hacienda en la campaña de renta 2026.
¿Estás obligado a declarar tus criptomonedas?
La respuesta corta es: sí, en la mayoría de los casos. La respuesta larga requiere distinguir qué tipo de operaciones has realizado durante el año fiscal 2025.
Debes declarar si: has vendido criptomonedas a cambio de euros u otra moneda fiat, has intercambiado una criptomoneda por otra (por ejemplo, BTC por ETH), has usado criptomonedas para comprar bienes o servicios, has recibido criptomonedas como pago por servicios prestados, o has obtenido rendimientos por staking o lending.
El umbral de obligación de declarar la renta en España en 2026 es de 22.000 euros de ingresos del trabajo si hay un solo pagador (o 15.000 euros con dos pagadores). Sin embargo, si has realizado cualquier operación con criptomonedas que haya generado una ganancia patrimonial, esa ganancia podría hacer que estés obligado a declarar incluso si tus ingresos totales son bajos. Si la ganancia patrimonial supera los 1.600 euros, en general estás obligado a declarar.
Un matiz importante: no declarar no es gratis aunque hayas tenido pérdidas. Hacienda puede sancionarte por no presentar la declaración incluso si el resultado sería cero o negativo. Además, si no declaras tus pérdidas en el año que ocurren, no podrás compensarlas con ganancias de los 4 años siguientes.
Cómo tributan las criptomonedas en el IRPF
En España, las criptomonedas tributan principalmente como ganancias y pérdidas patrimoniales en la base del ahorro del IRPF. Esto es una buena noticia relativa: la base del ahorro tiene tipos más bajos que la base general (donde tributa el salario).
Los tramos de la base del ahorro en la declaración de la renta 2026 (para rentas obtenidas en 2025) son:
| Ganancia patrimonial acumulada | Tipo estatal | Tipo aproximado total (estatal + autonómico) |
|---|---|---|
| Hasta 6.000 € | 9,5% | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 10,5% | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 11,5% | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 13,5% | 27% |
| Más de 300.000 € | 14% | 28% |
Estos tipos son la suma del tramo estatal y el autonómico (que varía ligeramente según la comunidad autónoma). La ganancia patrimonial no se suma a tu salario — va a una base separada y tributa a estos tipos específicos.
Excepción: criptomonedas como rendimiento del trabajo o actividad económica
Si recibes criptomonedas como retribución de tu empresa o como autónomo, tributan como rendimiento del trabajo o de actividad económica (en la base general, a tipos más altos). El staking también puede calificarse como rendimiento del capital mobiliario según el caso. El tratamiento fiscal de las criptomonedas ganadas (no compradas) es un área donde conviene consultar con un asesor.
Cómo calcular la ganancia patrimonial: el método FIFO
La ganancia patrimonial de una operación con criptomonedas se calcula como la diferencia entre el valor de transmisión (precio al que vendes) y el valor de adquisición (precio al que compraste). Hacienda obliga a usar el método FIFO (First In, First Out): las primeras unidades compradas son las primeras que se consideran vendidas.
Esto es crucial cuando has comprado la misma criptomoneda en varios momentos a precios distintos. El FIFO obliga a calcular la ganancia usando el precio de compra más antiguo, no el más reciente.
Ejemplo práctico con Bitcoin
Supongamos que has comprado y vendido Bitcoin de la siguiente forma:
- Enero 2024: compra de 0,5 BTC a 35.000 €/BTC → coste: 17.500 €
- Marzo 2024: compra de 0,3 BTC a 60.000 €/BTC → coste: 18.000 €
- Noviembre 2024: venta de 0,4 BTC a 80.000 €/BTC → ingreso: 32.000 €
Con el método FIFO, las 0,4 BTC vendidas corresponden primero a las 0,5 BTC del lote de enero. Como solo vendes 0,4 de las 0,5, el coste de adquisición es: 0,4 × 35.000 = 14.000 €.
Ganancia patrimonial = 32.000 – 14.000 = 18.000 euros.
Sobre esos 18.000 euros tributarás: 6.000 × 19% = 1.140 € + 12.000 × 21% = 2.520 €. Total a pagar: 3.660 euros.
Si hubieras podido usar el método LIFO (últimas compradas, primeras vendidas), el coste sería 0,3 × 60.000 + 0,1 × 35.000 = 21.500 €, y la ganancia sería de solo 10.500 €, con una factura fiscal menor. Pero Hacienda no permite LIFO — solo FIFO.
Intercambios entre criptomonedas: también tributan
Este punto sorprende a muchos inversores: en España, cambiar una criptomoneda por otra es un hecho imponible. Si cambias Bitcoin por Ethereum, Hacienda considera que has vendido el Bitcoin al precio de mercado en ese momento y has comprado Ethereum. La diferencia entre el precio de venta del BTC y su coste de adquisición genera una ganancia o pérdida patrimonial que debes declarar.
Esto significa que aunque no hayas convertido nada a euros, si has hecho swaps en DEX, trades en exchanges o conversiones en tu wallet, tienes operaciones que declarar. Para alguien que opera activamente en DeFi o que ha realizado muchos intercambios, el número de operaciones puede ser enorme y llevar la contabilidad manual resulta prácticamente inviable.
Qué modelos hay que presentar
Modelo 100: la declaración de la renta
Las ganancias y pérdidas patrimoniales por criptomonedas se incluyen en el Modelo 100 (la declaración de la renta estándar), en el apartado de "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales". En la aplicación Renta Web de la AEAT, esto corresponde a los apartados F1 y F2 del borrador.
Debes indicar, para cada operación o grupo de operaciones del mismo activo:
- Fecha de adquisición
- Fecha de transmisión
- Valor de adquisición (precio de compra más gastos)
- Valor de transmisión (precio de venta menos gastos de la operación)
- Ganancia o pérdida resultante
Modelo 172 y Modelo 173: declaración informativa
Desde 2024, los exchanges y proveedores de servicios de criptomonedas que operan en España (o que tienen clientes españoles) están obligados a presentar ante Hacienda el Modelo 172 (saldos de criptomonedas al cierre del ejercicio) y el Modelo 173 (operaciones realizadas durante el año). Esto equivale al informe que los bancos envían a Hacienda sobre tus cuentas bancarias.
La consecuencia práctica es muy importante: exchanges como Binance, Coinbase, Kraken, Bitstamp y plataformas similares ya comunican a Hacienda las operaciones de sus clientes residentes en España. Hacienda sabe lo que tienes. No declarar con la esperanza de que no se enteren es una estrategia que ya no funciona.
Modelo 720: bienes en el extranjero
Si tienes criptomonedas en exchanges o wallets en el extranjero por un valor superior a 50.000 euros, debes presentar el Modelo 720 (declaración de bienes y derechos en el extranjero). Hacienda equipara los monederos de criptomonedas custodiados por entidades extranjeras a cuentas bancarias en el extranjero a efectos de este modelo. La no presentación tiene sanciones muy elevadas.
Compensación de pérdidas: cómo reducir la factura fiscal
Una de las ventajas de declarar correctamente las criptomonedas es que puedes compensar las pérdidas con las ganancias, reduciendo la base imponible y por tanto la cuota a pagar.
Las reglas de compensación en España para 2026 son:
- Las pérdidas patrimoniales de criptomonedas pueden compensarse con ganancias patrimoniales del mismo año (incluidas las de venta de acciones, fondos u otros activos)
- Si el saldo neto es negativo (más pérdidas que ganancias), puedes compensarlo con el 25% del saldo positivo de rendimientos del capital mobiliario del mismo año
- El saldo negativo que no se pueda compensar en el año puede trasladarse a los 4 ejercicios siguientes
Ejemplo: si en 2025 has ganado 10.000 euros vendiendo Bitcoin pero has perdido 4.000 euros en altcoins, solo tributas por la ganancia neta de 6.000 euros (a un tipo del 19% = 1.140 €), no por los 10.000 brutos.
Exchanges que informan a Hacienda
Los principales exchanges que operan en España y que están obligados a reportar datos a la AEAT mediante los modelos 172 y 173 incluyen: Coinbase, Binance, Kraken, Bit2Me, Bitstamp, Bybit y eToro, entre otros. La normativa europea MiCA (Markets in Crypto-Assets), en vigor desde 2024, obliga a todos los proveedores de servicios de criptoactivos que operen en la UE a cumplir con estos requisitos de reporte.
Los monederos no custodiados (hardware wallets como Ledger o Trezor, o wallets de software como MetaMask) no reportan directamente a Hacienda porque no hay un intermediario centralizado. Sin embargo, el contribuyente sigue estando obligado a declarar las operaciones realizadas desde estos wallets.
Sanciones por no declarar: qué arriesgas
No declarar las ganancias por criptomonedas correctamente puede tener consecuencias muy costosas. El régimen sancionador de Hacienda diferencia entre infracción leve, grave y muy grave:
| Tipo de infracción | Descripción | Sanción |
|---|---|---|
| Leve | Cuota defraudada ≤ 3.000 € sin ocultación | 50% de la cuota no ingresada |
| Grave | Cuota > 3.000 € o con ocultación | 50%–100% de la cuota |
| Muy grave | Uso de medios fraudulentos | 100%–150% de la cuota |
| Recargo por presentación tardía | Declaración fuera de plazo sin requerimiento previo | 1%–15% de la cuota + intereses |
Además de las sanciones, Hacienda puede cobrar intereses de demora (actualmente el 4,0625% anual) sobre la cuota no pagada. Si la deuda supera los 120.000 euros y hay elementos de ocultación, puede constituir delito fiscal con penas de prisión de 1 a 5 años.
Herramientas para llevar la contabilidad de tus cripto
Si tienes muchas operaciones, llevar el registro manualmente es inviable. Existen herramientas especializadas en la contabilidad fiscal de criptomonedas que conectan con los principales exchanges mediante API, importan el historial de operaciones y generan automáticamente los informes para la declaración de la renta española:
- Koinly: compatible con más de 700 exchanges y wallets, genera el informe para el Modelo 100 en formato compatible con la AEAT. Plan de pago desde 49 €/año.
- CoinTracking: muy completo, con soporte para DeFi, NFTs y staking. Interfaz más compleja pero más potente para operadores activos.
- Taxdown: solución española que incluye tanto la declaración de renta general como el módulo de criptomonedas. Integra directamente con la AEAT.
- Divly: más sencillo y orientado a usuarios con operaciones relativamente simples. Buena relación calidad-precio.
Para historiales con pocas operaciones (menos de 20-30 al año), puedes hacerlo manualmente usando una hoja de cálculo con el método FIFO. Para operadores activos o usuarios de DeFi, una de estas herramientas es prácticamente imprescindible.
Casos especiales: staking, airdrops y DeFi
Staking y lending
Las recompensas obtenidas por staking (dejar criptomonedas bloqueadas para validar transacciones) o por lending (prestar criptomonedas a cambio de interés) tributan como rendimientos del capital mobiliario, en la base del ahorro del IRPF, al tipo correspondiente (19%-28%). Se declaran en el ejercicio en que se reciben, valoradas al precio de mercado en el momento de la recepción. Cuando posteriormente vendes esas criptomonedas ganadas en staking, la ganancia patrimonial se calcula desde ese precio de recepción (que se convierte en el valor de adquisición).
Airdrops
Los airdrops (criptomonedas recibidas gratuitamente por parte de proyectos) tienen un tratamiento fiscal en debate. La posición más conservadora, y la que aplican la mayoría de los asesores fiscales, es declararlos como ganancia patrimonial por el valor de mercado en el momento de recepción, dentro de la base del ahorro.
NFTs y DeFi
La venta de NFTs tributa igual que la venta de otras criptomonedas (ganancia patrimonial en base del ahorro). Las operaciones en protocolos DeFi (swaps en Uniswap, añadir liquidez en pools, yield farming) generan hechos imponibles con cada intercambio, lo que puede generar decenas o cientos de operaciones a declarar. Es el área donde más recomendable resulta usar una herramienta de contabilidad fiscal especializada.
Resumen: qué hacer para estar al día con Hacienda
Declarar criptomonedas correctamente no es opcional ni sencillo, pero tampoco es imposible si sigues un proceso ordenado. Estos son los pasos para estar al día:
- Exporta el historial completo de operaciones de todos tus exchanges en formato CSV antes de que termine el año fiscal.
- Usa el método FIFO para calcular el coste de adquisición de cada venta. No puedes elegir qué lote de compra usar — la ley marca el orden.
- Declara todas las operaciones, incluidos intercambios entre criptos y operaciones en DeFi. No solo las conversiones a euros.
- Incluye las pérdidas aunque no te beneficien este año — pueden compensar ganancias en los próximos 4 ejercicios.
- Comprueba si tienes obligación del Modelo 720 si tienes más de 50.000 euros en exchanges extranjeros al cierre del año.
- Considera usar una herramienta especializada si tienes más de 30 operaciones anuales.
- Consulta con un asesor fiscal si tienes operaciones de staking, DeFi complejo o importes elevados. El coste de la consulta es mínimo comparado con una sanción de Hacienda.
Fuentes: Agencia Tributaria (AEAT), Consultas Vinculantes de la DGT sobre criptomonedas, Ley del IRPF (Ley 35/2006), Reglamento MiCA. Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Para situaciones específicas, consulta con un asesor fiscal colegiado.