Cada año, a partir de abril, la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes el borrador de la declaración de la renta. Se trata de un documento prerellenado con los datos que Hacienda ya tiene de ti: salarios, retenciones, cuentas bancarias, inmuebles y más. Pero tiene un problema: no siempre está completo ni es correcto. Esta guía te explica cómo conseguirlo, qué métodos tienes disponibles y qué debes revisar antes de confirmarlo.

¿Qué es el borrador de la renta?

El borrador es un proyecto de declaración de la renta elaborado por la AEAT con los datos fiscales que obra en su poder. La administración cruza información de múltiples fuentes: tus empleadores (a través del modelo 190), entidades bancarias, notarías, registros de la propiedad, mutualidades, organismos de la Seguridad Social y otras administraciones.

Para muchos contribuyentes con situaciones fiscales sencillas (asalariados con un solo pagador, sin rendimientos de capital ni actividades económicas), el borrador es prácticamente definitivo. Basta con revisarlo, corregir si hay algo mal, y confirmarlo. Para otros, especialmente autónomos, quienes tienen varios pagadores o ingresos de capital, el borrador es solo un punto de partida que hay que completar.

Importante: confirmar el borrador sin revisarlo es uno de los errores más frecuentes en la campaña de la renta. Hacienda puede haberse olvidado de incluir deducciones que te corresponden, o puede haber imputado datos incorrectos. Confirmas y ya no puedes reclamar esa diferencia de forma sencilla.

Cómo acceder al borrador online

El acceso al borrador y a los servicios de la renta 2026 se realiza a través de la Sede Electrónica de la AEAT. El proceso es el siguiente:

  1. Entra en sede.agenciatributaria.gob.es y selecciona "Renta 2025" en el banner de campaña o accede directamente a "Renta y Patrimonio → Presentar declaración".
  2. Elige tu método de identificación (ver tabla más abajo).
  3. Una vez identificado, el sistema te mostrará el borrador en el servicio Renta WEB. Si prefieres el formato clásico PDF, puedes descargarlo desde "Mis expedientes".
  4. Revisa cada sección del borrador. Si hay errores, modifica los datos directamente en Renta WEB.
  5. Una vez revisado y corregido, confirma y presenta la declaración desde la propia plataforma.
Método de accesoRequisitosPros / Contras
Certificado digital Certificado electrónico instalado en el navegador (FNMT u otros) Acceso completo a todos los servicios; requiere instalación previa
DNI electrónico (DNIe) DNI con chip, lector de tarjetas y controladores instalados Acceso total; configuración técnica más compleja
Cl@ve PIN Registro previo en Cl@ve (presencial o por carta); smartphone Cómodo y rápido; requiere tener el PIN activo en el momento
Número de referencia (RENØ) NIF, fecha de validez del DNI y casilla 505 de la renta anterior (o IBAN) Sin instalaciones; acceso algo más limitado que el certificado

Acceso desde la app de la AEAT

La Agencia Tributaria tiene una aplicación oficial disponible para iOS y Android llamada Agencia Tributaria. Permite acceder al borrador, modificarlo y presentarlo directamente desde el móvil, con los mismos métodos de identificación que la web.

En 2026, la app incluye la opción de pagar la cuota resultante mediante Bizum y tarjeta bancaria directamente desde la propia aplicación, sin necesidad de ir al banco. También permite solicitar el fraccionamiento del pago (60% en junio y 40% en noviembre) de forma inmediata.

Para usuarios sin certificado digital ni Cl@ve, la app también permite iniciar sesión con número de referencia (RENØ), siguiendo el mismo proceso que en la web.

Obtener el número de referencia

El número de referencia (RENØ) es la vía de acceso más utilizada por quienes no tienen certificado digital ni Cl@ve. Para obtenerlo necesitas tres datos:

  • Tu NIF (número del DNI o NIE)
  • La fecha de validez del DNI o NIE (la que figura en el propio documento)
  • El importe de la casilla 505 de tu declaración de la renta del año anterior (el ejercicio 2024, campaña 2025). Esta casilla corresponde a la "Base liquidable general sometida a gravamen".

Si es tu primera declaración o no tienes el dato de la casilla 505, puedes usar alternativamente el IBAN de una cuenta bancaria de la que seas titular y que conste en los datos fiscales de la AEAT (normalmente cualquier cuenta que hayas declarado o que tu banco haya comunicado).

Una vez introducidos estos datos en la web o en la app, el sistema te genera el número de referencia de forma inmediata. Este número caduca al final de la campaña de la renta.

Qué revisar en el borrador

La AEAT construye el borrador cruzando datos de múltiples fuentes, pero no todas las fuentes son completas ni están siempre actualizadas. Estos son los apartados que debes revisar con más atención:

Datos personales y familiares

Verifica que tu estado civil, número de hijos, situación de discapacidad y domicilio fiscal son correctos. Un error en estos datos puede invalidar el mínimo familiar o deducciones autonómicas que te corresponden.

Rendimientos del trabajo

Comprueba que aparecen todos tus pagadores. Si has trabajado para dos o más empresas durante el año, o has cobrado prestaciones del SEPE o pensiones de la Seguridad Social, todos deben figurar. Un pagador que no informa correctamente a la AEAT puede hacer que el borrador esté incompleto.

Rendimientos de capital mobiliario

Los intereses de cuentas bancarias, dividendos de acciones y rendimientos de fondos de inversión los comunican las entidades financieras, pero pueden aparecer con retraso o con errores. Cruza los datos con los extractos anuales de tus entidades.

Ganancias y pérdidas patrimoniales

La venta de acciones, fondos de inversión, criptomonedas o inmuebles genera ganancias o pérdidas patrimoniales que en muchos casos no recoge el borrador automáticamente. Si has vendido alguno de estos activos, debes añadirlo manualmente. Las pérdidas también se declaran y pueden compensarse con ganancias.

Rendimientos de inmuebles

Si tienes un piso alquilado, el borrador puede no reflejar los ingresos del alquiler ni los gastos deducibles asociados (comunidad, IBI, seguros, amortización, intereses de hipoteca). Debes completar este apartado con tus propios datos.

Errores más comunes en el borrador

Estos son los fallos que se repiten cada campaña y que más dinero cuestan a los contribuyentes:

  • Nóminas de empleadores secundarios no incluidas: si cambiaste de trabajo o tuviste un segundo empleo a tiempo parcial, ese pagador puede no haber comunicado los datos a tiempo. Consigue el certificado de retenciones y añádelo.
  • Rendimientos de cuentas de ahorro no declarados: las cuentas remuneradas, depósitos y fondos monetarios generan intereses que deben aparecer. Comprueba con los certificados fiscales de tus bancos.
  • Ganancias patrimoniales por venta de activos omitidas: la venta de acciones, participaciones en fondos o criptomonedas no siempre la informa automáticamente el bróker o exchange. Es responsabilidad del contribuyente declararla.
  • Deducción por maternidad no aplicada: si tienes hijos menores de 3 años y estás dada de alta en la Seguridad Social, verifica que la deducción (hasta 1.200 €/año) figura en el borrador.
  • Imputación de rentas inmobiliarias incorrecta: los inmuebles que no están alquilados y no son vivienda habitual generan una imputación de renta del 1,1% o 2% del valor catastral. Si el catastro tiene un valor desactualizado o hay un inmueble que ya vendiste, puede haber un error.

Renta Directa: confirmar en 10 minutos

Para declaraciones sencillas, la AEAT ofrece desde 2021 el servicio Renta Directa, que permite presentar la declaración en un proceso guiado de pocos pasos, sin necesidad de navegar por el modelo completo.

En 2026, Renta Directa incorpora las siguientes novedades:

  • Pago con Bizum: si el resultado es a pagar, puedes liquidar la cuota directamente con Bizum desde la app de la AEAT, sin acceder al banco.
  • Pago con tarjeta bancaria: también disponible para el pago directo en el proceso de presentación.
  • Domiciliación bancaria mejorada: el sistema detecta automáticamente si ya tienes una cuenta domiciliada y la propone por defecto.
  • Asistente de deducciones autonómicas: nuevo en 2026, el asistente revisa tu CCAA y te pregunta por las deducciones autonómicas que potencialmente te corresponden antes de que confirmes.

Renta Directa está pensado para contribuyentes con rendimientos del trabajo de un solo pagador, sin actividades económicas, sin rendimientos de capital relevantes y sin ganancias o pérdidas patrimoniales significativas. Si tu situación es más compleja, es preferible usar Renta WEB completo o contar con la ayuda de un asesor fiscal.


Fuentes: Agencia Tributaria (AEAT). Datos y fechas correspondientes a la campaña de renta 2026 (ejercicio fiscal 2025).