Cuando alguien menciona un «seguro de vida», puede referirse a dos productos muy diferentes: uno protege a tu familia si falleces; el otro intenta combinar esa protección con un vehículo de ahorro. La confusión entre ambos ha costado mucho dinero a muchos ahorradores españoles que contrataron un seguro de ahorro creyendo que era una buena inversión. Esta guía aclara las diferencias y te ayuda a elegir el que se adapta a tu situación.

Guia relacionada: Si quieres profundizar en este tema, consulta nuestra Como Ahorrar Dinero en Espana 2026: Guia Completa — la guia mas completa sobre este tema en Espana 2026.

Los dos grandes tipos de seguro de vida

CaracterísticaSeguro de vida temporalSeguro de vida-ahorro
Objetivo principalProteger a tu familia si mueresProteger + acumular capital
Prima mensual orientativa15 – 50 €/mes100 – 500 €/mes
¿Recuperas dinero al final?NoSí (capital garantizado)
RentabilidadNo aplica (es puro riesgo)1,5 – 3% anual (baja)
FlexibilidadAlta (cancelas cuando quieras)Baja (penalización por rescate anticipado)
Fiscalidad fallecimientoExento hasta 9.195 € para cónyuge e hijos (según CCAA)Igual
Fiscalidad vencimiento/rescateNo aplicaRendimiento del capital mobiliario (19-27%)
¿Para quién?Quien quiere proteger dependientes económicosPerfil muy conservador, ahorro obligatorio

El seguro de vida temporal en detalle

Es el producto más sencillo y transparente: pagas una prima anual o mensual durante un plazo determinado (10, 20 o 30 años) y si falleces durante ese plazo, tus beneficiarios reciben el capital asegurado. Si llegas al final del plazo con vida, el seguro se extingue y no recuperas las primas.

La prima depende de tu edad, sexo, estado de salud y capital asegurado. Ejemplo orientativo para un hombre de 35 años, no fumador, que quiere asegurar 200.000 € durante 20 años: 25-40 €/mes. Para una mujer de las mismas características, suele ser un 20-30% inferior.

¿Cuándo necesitas un seguro de vida temporal? Cuando tienes personas que dependen económicamente de tus ingresos: pareja, hijos, hipoteca. La regla general es asegurar entre 5 y 10 veces tu salario anual para que tus dependientes puedan mantener su nivel de vida durante el tiempo necesario.

El seguro de vida-ahorro: variedades y análisis

Dentro del seguro de vida-ahorro existen varias modalidades con distintas ventajas fiscales:

Seguro de vida mixto

Combina protección por fallecimiento con acumulación de capital. Al vencer, recuperas lo ahorrado más la rentabilidad (generalmente 1,5-3% anual, garantizada). El problema es que la prima es muy alta: parte va a cubrir el riesgo y parte al ahorro.

PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático)

Es un seguro de vida-ahorro con ventajas fiscales si lo mantienes mínimo 5 años y lo rescatas en forma de renta vitalicia: la rentabilidad acumulada queda exenta de tributación. Límite de aportación: 8.000 €/año. Interesante para la planificación de jubilación en perfiles conservadores.

PPA (Plan de Previsión Asegurado)

Funciona como un plan de pensiones pero en formato seguro: las aportaciones son deducibles en el IRPF (hasta 1.500 €/año o el 30% de los rendimientos del trabajo), el capital está garantizado y solo se puede rescatar en determinadas contingencias (jubilación, invalidez, fallecimiento, dependencia). Desde 2023, los planes de pensiones individuales tienen muy poca ventaja fiscal, y el PPA tampoco escapa a esa realidad.

¿Es el seguro de ahorro una buena inversión?

En la mayoría de los casos, la respuesta es no. La rentabilidad de un seguro de vida-ahorro (1,5-3% anual garantizado) queda muy por debajo de la rentabilidad histórica de los fondos indexados (7-9% anual en el largo plazo). Si separas las necesidades:

Esta combinación bate en rentabilidad al seguro mixto en prácticamente todos los escenarios de largo plazo. La excepción son los PIAS en renta vitalicia si realmente planeas mantenerlos 10+ años y rescatarlos como renta, ya que la exención fiscal de las plusvalías puede compensar la baja rentabilidad del producto.

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Ejemplo real: temporal puro vs seguro mixto de ahorro

Hombre de 35 años, no fumador, con dos hijos, hipoteca de 180.000 € pendiente. Necesita 200.000 € de capital asegurado durante 20 años.

Opción A — Seguro de vida temporal puro:

  • Prima mensual: 35 – 50 €
  • Capital en caso de fallecimiento: 200.000 €
  • Al final de los 20 años: 0 € (puro riesgo, no recuperas nada)
  • Coste total en 20 años: 8.400 – 12.000 €

Opción B — Seguro de vida mixto de ahorro:

  • Prima mensual: 220 – 300 €
  • Capital en caso de fallecimiento: 200.000 €
  • Al final de los 20 años: recuperas el capital ahorrado (~50.000 – 70.000 € según rentabilidad)
  • Coste total en 20 años: 52.800 – 72.000 €

La diferencia mensual entre las dos opciones es de ~185-250 €/mes. Si esos 185-250 € los inviertes cada mes en un fondo indexado global a una rentabilidad histórica del 7% anual, al cabo de 20 años tendrías aproximadamente:

Inversión mensualAñosRentabilidad anualCapital acumulado
185 €/mes20 años7%~96.000 €
220 €/mes20 años7%~114.000 €
250 €/mes20 años7%~130.000 €

Con el seguro de vida temporal + inversión separada, al final de los 20 años tendrías entre 96.000 y 130.000 € acumulados (vs. 50.000-70.000 € del seguro mixto), habiendo disfrutado de la misma cobertura de fallecimiento durante todo el plazo. La diferencia a favor del temporal + inversión propia es de 30.000-60.000 €.

El seguro de ahorro solo gana a esta estrategia si la rentabilidad del fondo indexado fuera inferior al 2-3% anual durante 20 años, un escenario históricamente improbable pero posible.

El error del seguro de vida ligado a la hipoteca

Cuando firmas una hipoteca, el banco te ofrecerá (con mucha insistencia) contratar el seguro de vida con ellos. Algunos bancos lo presentan como condición, aunque en realidad no pueden obligarte: desde la Ley Hipotecaria de 2019, tienes derecho a contratar el seguro de vida con cualquier aseguradora externa, siempre que la cobertura sea equivalente.

El problema es que el seguro de vida bancario suele ser entre un 30% y un 50% más caro que el mismo producto contratado directamente con una aseguradora especializada.

Ejemplo: banco te ofrece un seguro de vida vinculado a la hipoteca por 80 €/mes para 200.000 € de capital. La misma cobertura con Zurich, Zurich, Aegon o Caser contratada directamente podría costar 40-55 €/mes. La diferencia acumulada en 20 años puede superar los 6.000 €.

Cómo actuar:

  • Pide la oferta del banco por escrito con todas las condiciones.
  • Compara con al menos 3 aseguradoras independientes (Rastreator, Acierto y comparadores especializados de seguros de vida).
  • Si contratas con otra aseguradora, notifícalo al banco por escrito y aporta la póliza para que no apliquen penalización por no vinculación.
  • El banco puede elevar el diferencial de la hipoteca si no contratas con él, pero ese incremento suele ser menor que el ahorro en la prima del seguro.

Quién necesita realmente un seguro de vida y quién no

El seguro de vida temporal tiene sentido cuando tu fallecimiento generaría una crisis económica para otras personas que dependen de tus ingresos.

Lo necesitas si:

  • Tienes hijos menores o dependientes que no pueden mantenerse económicamente sin tu ingreso.
  • Tienes pareja o cónyuge sin ingresos propios o con ingresos insuficientes para mantener el nivel de vida familiar.
  • Tienes una hipoteca u otras deudas cuya cuota mensual no podría asumir tu familia sin tu salario.
  • Eres autónomo con deudas empresariales que recaerían sobre tu familia en caso de fallecimiento.
  • Tienes padres o familiares mayores que dependen económicamente de ti.

Probablemente no lo necesitas si:

  • Eres soltero sin hijos ni dependientes económicos. Si falleces, nadie queda desprotegido financieramente.
  • Estás jubilado sin deudas y tus dependientes están cubiertos por pensiones u otros ingresos.
  • Tienes un patrimonio suficiente (activos líquidos, inversiones) para que tus dependientes puedan vivir sin tu salario durante varios años.
  • Tu empresa ya incluye un seguro de vida colectivo con capital suficiente (revisa las condiciones del convenio colectivo).

El error más común no es contratar un seguro innecesario, sino contratar un capital insuficiente. Un seguro de 50.000 € para una familia con hipoteca de 200.000 € y dos hijos menores es una protección insuficiente. La regla de las 5-10 veces el salario anual es el punto de partida correcto.

Preguntas frecuentes sobre el seguro de vida

¿El seguro de vida cubre el suicidio?

Depende de la póliza y del tiempo transcurrido desde la contratación. En España, la práctica habitual del sector es excluir el suicidio durante el primer año de vigencia del contrato. Después del primer año, la mayoría de aseguradoras sí cubren el fallecimiento por suicidio con el capital íntegro, aunque conviene verificarlo en las condiciones particulares de cada póliza. La Ley del Contrato de Seguro permite esta exclusión temporal pero no la indefinida.

¿El seguro de vida cubre accidente de tráfico?

Sí. El fallecimiento por accidente de tráfico está cubierto por prácticamente todos los seguros de vida temporales como causa de fallecimiento ordinaria. Algunos seguros añaden además una cobertura de doble o triple capital por fallecimiento accidental, que paga un capital mayor si la muerte se produce por accidente (incluido de tráfico). Comprueba si tu póliza incluye esta cláusula; si no, puede añadirse por un coste adicional reducido.

¿Los herederos tienen que declarar el capital del seguro de vida en el IRPF?

No en el IRPF, pero sí en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Los beneficiarios no pagan IRPF por el capital recibido, pero ese capital se suma a la base imponible del ISD. Cada comunidad autónoma tiene reducciones propias: en Madrid, Castilla y León y otras hay reducciones casi totales para cónyuge e hijos. En otras comunidades como Asturias o Aragón la tributación puede ser significativa. Consulta la normativa de tu comunidad autónoma antes de dimensionar el capital asegurado.

¿Qué es la cláusula de inoponibilidad de excepciones?

Es una cláusula que protege al beneficiario del seguro de vida cuando el asegurado (quien contrata) cometió alguna irregularidad en la declaración de salud al contratar. Sin esta cláusula, si el fallecido ocultó una enfermedad al contratar y la aseguradora lo descubre, puede negar el pago. Con la cláusula de inoponibilidad, la aseguradora no puede oponer al beneficiario los defectos de la contratación si el beneficiario es de buena fe. No todas las pólizas la incluyen; es especialmente relevante si el asegurado tenía alguna condición médica preexistente.

¿Cuánto capital debo asegurar?

La regla habitual es entre 5 y 10 veces tu salario bruto anual. Pero un cálculo más preciso suma: deudas pendientes (hipoteca + otros créditos) más el ingreso anual multiplicado por los años que necesitarías cubrir (hasta que los hijos sean independientes o la pareja pueda reincorporarse al mercado laboral). Por ejemplo: salario neto de 30.000 €/año, hipoteca de 150.000 €, 2 hijos de 3 y 6 años. Capital recomendado: 150.000 € (hipoteca) + 30.000 × 15 años = 600.000 €. Muchos seguros de vida están infracontratados respecto a las necesidades reales.

¿Puedo cambiar de aseguradora sin perder la cobertura?

Sí, puedes cambiar de aseguradora de vida en cualquier momento, pero con matices. Al cambiar, la nueva aseguradora realizará una nueva evaluación médica basada en tu edad y estado de salud actual. Si tu salud ha empeorado desde que contrataste el original, puede que te apliquen un sobrecoste o excluyan determinadas coberturas. Nunca canceles la póliza actual hasta tener la nueva firmada y en vigor.

Conclusión

Si necesitas proteger a tu familia, contrata un seguro de vida temporal: es el más barato, el más transparente y el más eficiente para ese objetivo. Si quieres ahorrar para la jubilación, considera primero los fondos indexados antes que los seguros de ahorro, salvo que seas un perfil muy conservador que valora la garantía de capital por encima de la rentabilidad. En ese caso, un PIAS puede tener sentido si lo mantienes a largo plazo. Para saber qué seguro de vida necesitas realmente, te lo explicamos paso a paso en nuestra guía dedicada.


Datos actualizados a mayo de 2026. Las rentabilidades de los seguros de ahorro son orientativas y varían por entidad y producto. Esta guía no constituye asesoramiento financiero personalizado.

Aviso: Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y educativos. No constituye asesoramiento financiero, fiscal ni de inversión personalizado. Consulta a un asesor financiero cualificado antes de tomar decisiones económicas importantes.

Tabla comparativa completa: riesgo vs PIAS vs SIALP vs unit linked

CaracterísticaSeguro vida riesgo (temporal)PIASSIALPUnit Linked
ObjetivoProteger familia si fallecesAhorro jubilación a largo plazoAhorro conservador con ventaja fiscalInversión en fondos con envoltorio seguro
Prima mensual típica15 – 60 €200 – 500 €100 – 300 €150 – 1.000 €
Límite de aportación anualNo aplica8.000 €/año (máx. 240.000 € total)5.000 €/añoSin límite legal
Rentabilidad esperadaNo aplica (puro riesgo)1,5 – 3,5% (garantizada o mixta)0,5 – 2% (garantizada)Variable (según fondos subyacentes)
FiscalidadCapital libre de IRPF para beneficiarios (ISD)Exención fiscal de plusvalías si se rescata como renta vitalicia tras 10 añosExención fiscal de intereses si se mantiene 5+ añosSin ventaja fiscal especial; tributa como RCM al rescate
LiquidezAlta (cancelas con preaviso)Baja (penalización por rescate anticipado)Media (rescate libre pero pierde ventaja fiscal)Media-baja (rescate posible pero costes)
Garantía del capitalNo aplicaNo siempre (depende de modalidad)Sí (capital garantizado al vencimiento)No (expuesto a mercados)
Quién lo regulaDGSFP (Dirección General de Seguros)DGSFPDGSFPDGSFP (pero inversión en fondos CNMV)
Para quién tiene sentidoQuien tiene dependientes económicosAhorro jubilación conservador con planificación fiscalPerfil muy conservador, horizonte 5+ añosInversor con tolerancia al riesgo que prefiere envoltorio seguro

La ventaja fiscal del PIAS: el cálculo que cambia la decisión

El PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático) es el producto más interesante fiscalmente dentro de los seguros de ahorro, pero su ventaja solo se activa si cumples las condiciones. La clave está en el artículo 7 del Reglamento del IRPF:

La ventaja: si rescatas el PIAS en forma de renta vitalicia asegurada y han transcurrido al menos 10 años desde la primera aportación, los rendimientos acumulados quedan total y completamente exentos de tributación. Solo tributa la renta vitalicia que percibes cada mes, y según un porcentaje reducido que depende de tu edad en el momento del rescate:

Edad en el momento del rescate% de la renta vitalicia que tributaTipo efectivo real (aplicado sobre ese %)
Menos de 40 años40%7,6 – 10,8% sobre la renta total
40 – 49 años35%6,65 – 9,45% sobre la renta total
50 – 59 años28%5,32 – 7,56% sobre la renta total
60 – 65 años24%4,56 – 6,48% sobre la renta total
66 – 69 años20%3,8 – 5,4% sobre la renta total
70 años o más8%1,52 – 2,16% sobre la renta total

Ejemplo numérico con 50.000 € acumulados en el PIAS:

Ana tiene 68 años y rescata su PIAS en forma de renta vitalicia. Ha acumulado 50.000 € (30.000 € de aportaciones + 20.000 € de rentabilidad). Con un fondo de inversión convencional, esos 20.000 € de plusvalías tributarían al 19-23% (tipo del ahorro): entre 3.800 y 4.600 € de impuestos. Con el PIAS en renta vitalicia, esos 20.000 € de rendimientos quedan completamente exentos. La renta mensual que percibe solo tributa al 8% de lo recibido. Ahorro fiscal directo frente al fondo: 3.800 – 4.600 €. Esto no es mágico, pero es una ventaja fiscal real y legal.

La contrapartida: el PIAS exige mantener el producto 10 años y rescatarlo como renta vitalicia, no como capital único. Si necesitas el dinero antes, pierdes la exención. La rentabilidad del PIAS (1,5-3,5% anual en los productos conservadores) es inferior a la histórica de los fondos indexados, por lo que la ventaja fiscal puede no compensar la menor rentabilidad en todos los casos.

Cuándo un seguro vida ahorro tiene sentido frente a un fondo indexado

La regla general que hemos visto en el ejemplo real es que el seguro de vida-ahorro pierde frente a un fondo indexado en rentabilidad neta en la mayoría de escenarios. Sin embargo, hay casos concretos donde el seguro de ahorro tiene sentido:

Casos donde el seguro de ahorro tiene ventaja real

  • Planificación de herencia con control sobre los beneficiarios: el seguro de vida (incluido el de ahorro) permite designar beneficiarios que reciben el capital directamente sin pasar por el proceso de herencia. Si quieres asegurarte de que el capital llega a una persona concreta sin disputas ni retrasos sucesorios, el seguro lo garantiza.
  • Perfil muy conservador que necesita garantía de capital: si psychologicamente no puedes tolerar ver tu cartera de fondos en rojo y eso te llevaría a vender en el peor momento, un SIALP con capital garantizado evita ese error conductual. La menor rentabilidad tiene un precio: la paz mental.
  • Ahorro forzado para quien no tiene disciplina inversora: el PIAS, al tener penalizaciones por rescate anticipado, funciona como un mecanismo de ahorro forzado. Para quien históricamente ha tirado del ahorro en cuanto lo tiene disponible, esta fricción puede ser beneficiosa.
  • Planificación de renta vitalicia en jubilación con exención fiscal (PIAS): el caso de Ana del ejemplo anterior. Si cumples los 10 años y planeas convertirlo en renta vitalicia, la exención fiscal es real y puede compensar la menor rentabilidad respecto a fondos.

Casos donde el fondo indexado gana claramente

  • Horizonte de inversión flexible (no sabes cuándo necesitarás el dinero).
  • Tolerancia moderada o alta al riesgo de mercado.
  • Objetivo de maximizar el capital acumulado, no la renta mensual futura.
  • Perfil inversor que sabe que no va a vender en pánico de mercado.

Los unit linked: qué son, qué riesgos tienen y cuándo tener cuidado

El unit linked es un seguro de vida en el que la prima se invierte en fondos de inversión (renta variable, renta fija, mixtos) que el asegurado elige. Técnicamente es un seguro, pero económicamente funciona como una cartera de fondos. Los aspectos clave:

  • Ventaja principal: permite traspasar entre fondos subyacentes sin tributar por las plusvalías en el momento del traspaso (igual que un fondo de inversión). Solo tributa al rescate definitivo.
  • No hay garantía de capital: si los fondos subyacentes caen, tu capital cae. A diferencia del PIAS o del SIALP, no tienes un suelo garantizado.
  • Comisiones más altas que los fondos directos: el unit linked añade una capa de comisiones del seguro sobre las ya existentes de los fondos subyacentes. Las comisiones totales (gestión del seguro + gestión de los fondos) pueden superar el 2-3% anual, lo que erosiona significativamente la rentabilidad a largo plazo.
  • Cuándo tener cuidado: cuando el banco o la aseguradora te lo presentan como "inversión segura" sin explicar el riesgo de los fondos subyacentes. O cuando las comisiones no son transparentes. O cuando el rescate anticipado implica penalizaciones elevadas. Lee siempre el DFI (Documento de Datos Fundamentales para el Inversor) antes de firmar.
  • Para quién puede tener sentido: inversores que quieren exposición a fondos con traspaso sin coste fiscal y que tienen un horizonte largo (10+ años). En ese caso, comparar la comisión extra del unit linked respecto a los fondos directos determina si compensa.

Rentabilidades históricas de PIAS en España: qué esperar

Los PIAS en España se ofertan principalmente bajo dos modalidades: de rentabilidad garantizada (interés técnico fijo) y de participación en beneficios (donde la rentabilidad depende de los resultados de la aseguradora). Las rentabilidades históricas orientativas son:

ModalidadRentabilidad media 2018-2022Rentabilidad media 2023-2025Perspectiva 2026
PIAS tipo garantizado (interés técnico)0,5 – 1,5%1,5 – 2,5%1,5 – 3% (subida tipos beneficia estos productos)
PIAS con participación en beneficios1 – 2,5%2 – 3,5%2 – 4% según aseguradora
PIAS mixto (garantizado + variable)1,5 – 3%2 – 4%Variable
Fondo indexado global (referencia comparativa)10,3% media anual15,2% media anualNo predecible

Las rentabilidades del fondo indexado incluyen años muy negativos (2018: -8%, 2022: -18%) y muy positivos (2019: +27%, 2023: +21%). La volatilidad es el precio de la mayor rentabilidad esperada a largo plazo.

Preguntas frecuentes sobre seguro de vida temporal y de ahorro

¿El PIAS tiene garantía de depósito como los bancos?

No exactamente. El PIAS es un seguro, no un depósito bancario, por lo que no está protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos (que cubre hasta 100.000 € por banco y titular). Sin embargo, la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados (LOSSP) exige a las aseguradoras mantener provisiones técnicas suficientes para cubrir sus compromisos. Adicionalmente, el Consorcio de Compensación de Seguros actúa como red de seguridad si una aseguradora quiebra. La protección existe, pero es diferente a la del sistema bancario.

¿Puedo rescatar el PIAS antes de los 10 años sin penalización?

Técnicamente sí: el rescate anticipado del PIAS es posible en la mayoría de contratos. Pero fiscalmente perderías la exención sobre las plusvalías: tendrías que tributar por los rendimientos generados como rendimiento del capital mobiliario (19-27% según el importe). Además, muchos contratos de PIAS incluyen penalizaciones contractuales por rescate en los primeros 5-7 años. Rescatar un PIAS antes de tiempo convierte el producto en una mala inversión frente a alternativas.

¿El seguro de vida temporal cubre enfermedades terminales?

El seguro de vida temporal estándar cubre el fallecimiento por cualquier causa (incluidas enfermedades) durante el plazo del seguro. Lo que no cubre es la supervivencia con enfermedad grave sin fallecimiento. Algunos seguros de vida incluyen una cobertura adicional de enfermedades graves (cáncer, infarto, ictus, insuficiencia renal) que paga un porcentaje del capital asegurado en vida si se diagnostica una de esas enfermedades. Esta cobertura opcional puede tener mucho valor práctico para cubrir gastos no sanitarios durante el tratamiento (hipoteca, adaptaciones del hogar, cuidadores).

¿El SIALP y el PIAS son compatibles entre sí?

Sí, son productos independientes y puedes tener ambos simultáneamente. El SIALP tiene un límite de 5.000 €/año de aportaciones y el PIAS de 8.000 €/año, con un máximo acumulado de 240.000 € para el PIAS. También son compatibles con un plan de pensiones individual (límite 1.500 €/año desde 2023) y con la inversión en fondos. La combinación SIALP (ahorro muy conservador a corto-medio plazo) + PIAS (ahorro moderado a largo plazo en renta vitalicia) + fondos indexados (rendimiento máximo a largo plazo) puede ser una estrategia coherente para distintos objetivos.

¿Tiene sentido contratar un seguro de vida ahorro a través de la empresa?

Si tu empresa te ofrece un seguro de vida colectivo o un plan de ahorro como retribución flexible, puede tener ventajas fiscales. Las aportaciones empresariales a seguros de vida colectivos (incluyendo seguros de ahorro del tipo PPCE, planes de previsión empresarial) pueden tributar de forma diferida o con tipos reducidos dependiendo de las condiciones. Si tu empresa tiene un plan de este tipo, consulta con el departamento de RRHH o un asesor fiscal antes de rechazarlo: en algunos casos, la exención fiscal parcial hace que el producto valga más de lo que parece a primera vista.

¿Qué pasa con el capital del seguro de vida si no nombro beneficiario?

Si no designas un beneficiario en la póliza, el capital del seguro de vida temporal pasa a formar parte de la masa hereditaria y se reparte según las reglas de sucesión (testamento o ley). Esto significa que puede quedar retenido durante el proceso de herencia (que puede durar meses o años) y tributar íntegramente por el Impuesto de Sucesiones. La ventaja principal del seguro de vida, que permite cobrar el capital de forma inmediata sin esperar a la herencia, se pierde si no hay beneficiario designado. Designa siempre un beneficiario específico y revísalo tras cambios vitales (matrimonio, divorcio, nacimiento de hijos).

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