Si eres autónomo en España, cada euro que gastas en tu actividad puede reducir la base imponible de tu IRPF. Sin embargo, Hacienda no acepta cualquier gasto: debe estar directamente vinculado a la actividad, correctamente justificado y registrado en tus libros. En 2026 hay además una novedad relevante: la deducción por gastos de difícil justificación sube al 5% de los rendimientos netos con un límite de 2.000 euros anuales, sin necesidad de aportar facturas.
Gastos deducibles autónomos 2026 — Los más importantes
- Local/oficina en casa: 20% de gastos de suministros proporcional al espacio
- Vehículo: 50% si se usa también para uso personal (salvo actividades específicas: 100%)
- Dietas: 26,67 €/día en España · 48,08 €/día en el extranjero (con justificación)
- Formación: 100% deducible si está relacionada con tu actividad
- Seguro de salud: hasta 500 €/año por persona (tú + cónyuge + hijos)
- Gastos difícil justificación 2026: 5% del rendimiento neto, máximo 2.000 €/año
Esta guía recorre de forma exhaustiva todos los gastos deducibles para autónomos en el IRPF 2026: porcentajes, límites exactos, ejemplos de ahorro fiscal y, sobre todo, los errores que hacen que Hacienda te los rechace en una comprobación. Lee también nuestra guía fiscal completa para autónomos 2026 si quieres una visión global del sistema tributario.
Top 10 gastos deducibles: cuadro respuesta rápida
Si solo tienes un minuto, aquí están los diez gastos con mayor impacto fiscal para la mayoría de autónomos, con sus porcentajes y límites vigentes en 2026:
| # | Gasto | Deducible en IRPF | Límite / nota |
|---|---|---|---|
| 1 | Cuota de autónomos (SS) | 100 % | Sin límite |
| 2 | Alquiler de local/oficina | 100 % | Solo la parte afecta a la actividad |
| 3 | Suministros vivienda habitual | 30 % × % m² afectos | Requiere declarar en modelo 036/037 |
| 4 | Seguro de salud privado | 100 % | Máx. 500 €/persona (autónomo + cónyuge + hijos <25 años) |
| 5 | Gestoría y asesoría fiscal | 100 % | Sin límite |
| 6 | Material y equipos (ordenador, móvil) | 100 % | Amortización si > 300 €; libertad de amortización si < 300 € |
| 7 | Formación vinculada a la actividad | 100 % | Sin límite |
| 8 | Publicidad y marketing (web, anuncios) | 100 % | Sin límite |
| 9 | Dietas y manutención | 100 % dentro del límite diario | 26,67 €/día España · 48,08 €/día extranjero (sin pernocta) |
| 10 | Gastos de difícil justificación | 5 % rendimiento neto previo | Máx. 2.000 €/año · solo estimación directa simplificada |
¿Qué significa "gasto deducible" para un autónomo?
Un gasto es deducible en el IRPF cuando cumple tres condiciones simultáneas establecidas por la Ley del IRPF (artículo 28 y siguientes):
- Vinculación con la actividad: el gasto debe ser necesario para obtener los ingresos de tu actividad económica. No basta con que sea útil; Hacienda exige correlación directa.
- Justificación documental: en general, se exige factura completa con NIF del emisor y receptor, razón social, descripción del servicio y desglose de IVA. Los tickets sirven en casos muy concretos (dietas) pero no de forma generalizada.
- Contabilización: el gasto debe figurar en el Libro de Gastos e Inversiones (modelo simplificado) o en la contabilidad mercantil si llevas estimación directa normal.
Es fundamental no confundir la deducción en IRPF y en IVA: son impuestos distintos con reglas distintas. El ejemplo más habitual es el vehículo: puedes deducir el 50 % del IVA aunque uses el coche también para uso personal, pero en IRPF solo lo puedes deducir si lo usas en exclusiva para el trabajo (o eres uno de los colectivos que Hacienda reconoce expresamente).
El régimen de estimación que uses también importa. La mayoría de autónomos con facturación inferior a 600.000 € anuales tributan en estimación directa simplificada, que tiene algunas particularidades frente a la normal: permite la deducción por gastos de difícil justificación (5 % / máx. 2.000 €) y limita la amortización a tablas simplificadas.
Gastos del local u oficina: alquiler, suministros e internet
Alquiler de local o despacho externo
Si alquilas un local, despacho o coworking exclusivamente para tu actividad, el alquiler es deducible al 100 % sin límite de importe. La clave está en "exclusivamente": si en ese local también hay uso personal (por ejemplo, tienes la oficina en un bajo que también usas como almacén doméstico), deberás acreditar la proporción afecta a la actividad.
Recuerda que el arrendador está obligado a emitirte factura con el IVA correspondiente (si no está exento). Esa factura es tu justificante deducible.
Vivienda habitual como lugar de trabajo
Si trabajas desde tu casa, el tratamiento es más complejo. La ley permite deducir los suministros (luz, agua, gas, internet, teléfono fijo) aplicando la siguiente fórmula:
Gasto deducible = Gasto total del suministro × (% m² afectos a la actividad) × 30 %
Ejemplo: tienes una vivienda de 80 m² y dedicas una habitación de 16 m² (20 % de la superficie) exclusivamente al trabajo. Tu factura de luz del año es 1.200 €. El gasto deducible será: 1.200 × 20 % × 30 % = 72 €. No es una cifra enorme, pero acumulando todos los suministros durante el año el impacto puede alcanzar los 200-400 € en hogares medianos.
Requisito previo imprescindible: debes haber declarado tu domicilio como lugar de actividad en el modelo 036 o 037. Sin esa declaración censal, Hacienda no admite la deducción, sin excepción.
Además de los suministros, si tu vivienda es de tu propiedad también puedes deducir de forma proporcional: la amortización del inmueble (3 % anual del valor de construcción), el IBI y los gastos de comunidad de propietarios.
Internet y teléfono
La conexión a internet y el teléfono se tratan como suministros si se usan en la vivienda habitual (regla del 30 % × % m²). Si tienes una línea separada contratada exclusivamente para el negocio y puedes acreditarlo, la deducción puede ser del 100 %. En la práctica, la mayoría de asesores aplican el criterio proporcional para evitar disputas con Hacienda.
Vehículo: cuándo es deducible y cuánto
El vehículo es probablemente el gasto más conflictivo para los autónomos. La norma es clara pero dura: un turismo de uso mixto (personal y laboral) no es deducible en IRPF. Hacienda aplica la doctrina de la "afectación exclusiva": si el coche también lo usas para ir al supermercado, llevar a los niños al colegio o de vacaciones, Hacienda no acepta ninguna parte del gasto en IRPF, aunque el uso laboral sea mayoritario.
Casos en que el vehículo es deducible al 100 % en IRPF
Hacienda y los tribunales reconocen que determinados colectivos usan el vehículo de forma esencialmente profesional:
- Taxistas y conductores de VTC
- Transportistas de mercancías y sus furgonetas, camiones o vehículos industriales
- Repartidores y mensajeros
- Autoescuelas (vehículos de prácticas)
- Agentes comerciales y representantes (sentencias reiteradas del Tribunal Supremo)
- Profesionales del alquiler de vehículos
Si perteneces a uno de estos colectivos, puedes deducir el 100 % tanto en IRPF como en IVA de: la compra o cuotas de leasing, combustible, seguro, revisiones, ITV y cualquier reparación.
Regla del 50 % en IVA para todos
Aunque en IRPF el turismo no sea deducible, la Ley del IVA presume una afectación mínima del 50 % a la actividad empresarial o profesional para cualquier turismo. Esto significa que en tus declaraciones trimestrales del modelo 303 puedes deducir el 50 % del IVA soportado en la compra del coche, el combustible, el seguro y las reparaciones. Si puedes acreditar un porcentaje mayor de uso profesional (por ejemplo, con un registro de desplazamientos), puedes aumentar esa deducción, aunque raramente supera el 70-80 % en la práctica.
Consulta más sobre cómo liquidar el IVA trimestral en el modelo 303 para entender cómo encajar estos importes en tu declaración.
Ejemplo numérico: ahorro real con un vehículo profesional
Un agente comercial que compra una furgoneta por 28.000 € (IVA incluido = 23.140 € + 4.860 € de IVA) y tiene gastos anuales de mantenimiento de 3.000 € (IVA: 519 €):
- Ahorro en IVA primer año (compra): 4.860 € deducidos en el modelo 303
- Ahorro en IVA mantenimiento anual: 519 €
- Ahorro en IRPF por amortización (coef. máx. 16 % en tablas simplificadas): 23.140 × 16 % = 3.702 € de gasto deducible × tipo marginal 30 % = 1.111 € menos de IRPF al año
Dietas y desplazamientos: límites diarios exactos
Los gastos de manutención (comidas, cenas) de los autónomos son deducibles con límites diarios fijados reglamentariamente. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos los deducen como gasto de actividad en la casilla correspondiente del IRPF, no como renta exenta.
| Situación | Límite diario |
|---|---|
| España — sin pernocta | 26,67 €/día |
| España — con pernocta | 53,34 €/día |
| Extranjero — sin pernocta | 48,08 €/día |
| Extranjero — con pernocta | 91,35 €/día |
Condiciones que debes cumplir siempre:
- El pago debe ser electrónico (tarjeta, Bizum, transferencia). El pago en efectivo no vale.
- El establecimiento debe ser de hostelería o restauración (bar, restaurante, cafetería). Las compras en supermercado o la comida para casa no son deducibles como dieta.
- Debes poder acreditar que la comida tuvo un fin profesional (reunión con cliente, desplazamiento para trabajar en otra ciudad, etc.).
- No se admiten comidas en días festivos o fines de semana salvo que se pueda justificar actividad profesional ese día.
Desplazamientos en transporte público
Los billetes de tren, avión, taxi, metro o bus relacionados con la actividad son deducibles al 100 % sin límite de importe, siempre con factura o billete nominativo que acredite el viaje profesional. Los billetes de transporte público anónimos (tarjetas de metro recargables) son más difíciles de justificar aunque Hacienda los suele aceptar en inspección si el volumen es razonable y hay otros indicios de actividad.
Los gastos de hotel por desplazamiento profesional también son deducibles al 100 %. En este caso sí se puede pagar en efectivo el hotel, aunque el pago electrónico siempre es más seguro.
Ejemplo: autónomo con visitas a clientes frecuentes
Un consultor que visita clientes 4 días a la semana en Madrid y almuerza cada vez: 4 días × 26,67 € × 48 semanas = 5.120 € deducibles al año. Si su tipo marginal de IRPF es el 30 %, el ahorro fiscal es de 1.536 € anuales.
Material y equipos: ordenador, móvil, software
Cualquier equipamiento que uses para desarrollar tu actividad es deducible, aunque el tratamiento contable varía según el importe:
Amortización de bienes de inversión
Los bienes con vida útil superior a un año y valor superior a 300 € no se deducen de golpe en el año de compra; deben amortizarse a lo largo de su vida útil usando los coeficientes de las tablas simplificadas. Los más habituales:
| Bien | Coef. amortización máx. (tablas simplificadas) | Período máx. años |
|---|---|---|
| Equipos informáticos (ordenador, portátil) | 26 % | 10 años |
| Maquinaria | 12 % | 18 años |
| Mobiliario y enseres | 10 % | 20 años |
| Vehículos industriales y furgonetas | 16 % | 14 años |
| Instalaciones | 10 % | 20 años |
| Edificios y locales | 3 % | 68 años |
La libertad de amortización para bienes de hasta 300 € (sin superar los 25.000 € totales anuales en estimación directa simplificada) te permite deducir el gasto íntegro en el año de adquisición sin esperar a amortizarlo.
Teléfono móvil y ordenador
Si tienes un móvil o portátil de uso mixto (personal y profesional), lo habitual es deducir el 50 % en IRPF y el 50 % en IVA por coherencia. Si puedes demostrar uso mayoritariamente profesional (por ejemplo, tienes otro móvil personal), la deducción puede ser del 100 %. En la práctica, la mayoría de gestores aplican el 50 % para evitar contingencias.
Software y suscripciones profesionales
Las suscripciones a software de gestión (contabilidad, facturación, diseño, herramientas de marketing) son deducibles al 100 % en el año en que se pagan, ya que no son bienes de inversión sino gastos corrientes. Ejemplos habituales: Adobe Creative Cloud, Holded, Factusol, Microsoft 365, Slack, Mailchimp, Semrush, etc. La factura electrónica que genera el proveedor es suficiente justificante.
Formación y cursos: qué cuenta y qué no
Los gastos de formación son deducibles al 100 % sin límite siempre que exista vinculación con la actividad que desarrollas como autónomo. Este es uno de los gastos que más autónomos olvidan y que Hacienda acepta sin demasiada discusión cuando la relación es clara.
Formación que sí es deducible:
- Cursos online o presenciales directamente relacionados con tu profesión (programación, contabilidad, marketing digital, idiomas para negocios internacionales, etc.)
- Másteres o posgrados vinculados a tu actividad
- Seminarios, congresos y jornadas profesionales (incluyendo la inscripción y los materiales)
- Libros técnicos y profesionales
- Suscripciones a publicaciones especializadas (revistas de tu sector, bases de datos jurídicas, etc.)
- Plataformas de formación online (Udemy, Coursera, LinkedIn Learning) si los cursos son de temática profesional
Formación que no es deducible:
- Cursos de desarrollo personal sin vinculación profesional clara (yoga, cocina, idiomas para uso turístico)
- La carrera universitaria inicial que no guarda relación con tu actividad actual
- Formación para actividades que todavía no ejerces y que no forman parte de tu oferta de servicios
Ejemplo: un diseñador gráfico que paga 890 € en cursos de Illustrator, Motion Graphics y un congreso de diseño. Todo es deducible al 100 %. Con un tipo marginal del 37 %: ahorro IRPF de 329 €.
Seguros: RC profesional, salud y vida
Seguro de salud privado
Es uno de los gastos con mayor retorno fiscal para los autónomos. Puedes deducir las primas pagadas por el seguro de salud privado con los siguientes límites por persona y año:
- El propio autónomo: 500 € anuales
- El cónyuge o pareja de hecho: 500 € anuales
- Cada hijo menor de 25 años que conviva contigo: 500 € anuales
- Personas con discapacidad (sin límite de edad): 1.500 € anuales
Una familia de cuatro (autónomo + cónyuge + 2 hijos) puede deducirse hasta 2.000 € anuales. A un tipo del 30 %, eso supone un ahorro fiscal de 600 €. Este límite aplica a la prima efectivamente pagada, no al valor de cobertura del seguro.
El seguro no tiene por qué estar contratado a nombre de la actividad; basta con que lo page el autónomo y figure en la póliza como tomador.
Responsabilidad Civil profesional
El seguro de RC profesional es deducible al 100 % sin límite. Es especialmente relevante para arquitectos, ingenieros, médicos, abogados, consultores y cualquier profesional cuya actividad pueda causar daños a terceros. La prima anual es un gasto de actividad ordinario.
Seguro de vida y accidentes
Los seguros de vida o accidentes vinculados a préstamos profesionales (por ejemplo, el que exige el banco como condición para conceder un crédito para tu negocio) son deducibles. Sin embargo, los seguros de vida de carácter personal no vinculados a ninguna obligación profesional no son deducibles en el IRPF como gasto de actividad (aunque sí pueden generar beneficios fiscales en otros apartados de la declaración).
Seguro del local u oficina
El seguro multirriesgo o de contenido del local afecto a la actividad es deducible al 100 %. Si el espacio asegurado es la vivienda habitual, se aplica la misma regla de proporcionalidad que con los suministros.
Gastos financieros: intereses de préstamos
Los intereses y comisiones de préstamos utilizados para financiar la actividad son deducibles al 100 %. Esto incluye:
- Intereses de un préstamo para comprar equipos, maquinaria o vehículos profesionales
- Intereses de una línea de crédito o póliza de crédito usada para la actividad
- Comisiones bancarias de cuentas corrientes profesionales
- Gastos de descuento de facturas o confirming
- Intereses de tarjetas de crédito usadas exclusivamente para el negocio
Si mezclas en la misma cuenta o tarjeta gastos personales y profesionales, solo podrás deducir la parte que corresponda al uso profesional, y deberás poder justificarlo si Hacienda lo comprueba. Lo más recomendable es tener una cuenta bancaria separada para la actividad.
Consulta la cuota de autónomos 2026 si también quieres entender cómo encajan los pagos a la Seguridad Social en tu cuadro de gastos anuales.
Publicidad y marketing
Todos los gastos orientados a dar a conocer tu actividad y captar clientes son deducibles al 100 % sin límite. Es una de las partidas con más margen para los autónomos del mundo digital:
- Anuncios en Google Ads, Meta Ads, LinkedIn Ads u otras plataformas
- Diseño y desarrollo de tu página web
- Hosting y dominio web
- Herramientas de email marketing (Mailchimp, ActiveCampaign, etc.)
- Tarjetas de visita, catálogos y material impreso
- Fotografía o vídeo profesional de productos o servicios
- Relaciones públicas, notas de prensa y gabinetes de comunicación
- Patrocinios vinculados a la actividad
- Comisiones de plataformas (si vendes en Amazon, Etsy, Wallapop Pro, etc.)
Ejemplo: un fotógrafo autónomo invierte 3.600 € al año en Google Ads y 840 € en hosting + herramientas digitales. Total: 4.440 € deducibles. A un tipo marginal del 37 %, ahorra 1.643 € en IRPF.
Gestoría y asesoría
Los honorarios pagados a gestores, asesores fiscales, abogados, notarios y cualquier otro profesional contratado en relación con tu actividad son deducibles al 100 %. Esto incluye:
- La cuota mensual de la gestoría (presentación de modelos trimestrales y anuales)
- Los honorarios del abogado para redactar contratos con clientes o resolver disputas profesionales
- Los honorarios del notario para constituir o modificar una comunidad de bienes o sociedad vinculada a la actividad
- Los servicios de auditoría si los necesitas
- Consultores de RRHH, compliance o protección de datos (RGPD)
Si tu gestoría te cobra 150 €/mes (1.800 €/año) y estás en el tramo del 30 %, el ahorro anual es de 540 €. Un argumento sólido a favor de tener asesoramiento profesional.
Qué NO es deducible: lista de errores comunes que Hacienda rechaza
Estos son los errores más frecuentes que los autónomos cometen y que Hacienda puede rechazar en una inspección o comprobación limitada:
1. El turismo de uso mixto en IRPF
Como se ha explicado, Hacienda no admite la deducción en IRPF de un turismo que también se use para fines personales. Es el error más frecuente y el que más sanciones genera. Muchos autónomos se deducen el 50 % confiando en que Hacienda no revisará; si lo hace, la sanción puede ser del 50 % al 150 % de la cuota defraudada más intereses de demora.
2. Gastos personales pasados como profesionales
Suscripciones a Netflix, Spotify o Amazon Prime personal, gimnasio, compras de ropa que no sea uniforme o EPI, alimentación ordinaria del hogar, vacaciones... ninguno es deducible aunque se pague con la tarjeta del negocio. Si mezclas gastos, lleva un registro claro de cuáles son profesionales.
3. Tickets sin datos fiscales en lugar de facturas
Un ticket de caja no tiene validez como justificante fiscal si no incluye los datos del receptor (tu nombre y NIF). Para cualquier gasto deducible debes pedir factura completa. La única excepción reconocida son las dietas de restaurante donde Hacienda acepta el ticket siempre que el pago sea electrónico.
4. Deducir suministros del hogar sin haberlo declarado en el modelo 036
Si no has indicado en el modelo 036 o 037 que tu domicilio es también tu lugar de actividad, no puedes deducir los suministros. Este requisito previo es bloqueante. Si actualmente no lo has hecho, puedes presentar una modificación censal indicando la dirección como "local afecto a la actividad".
5. Dietas pagadas en efectivo
Aunque la comida sea claramente profesional, si el pago fue en efectivo no es deducible. La normativa exige pago electrónico. Usa siempre tarjeta, móvil o transferencia para comidas de trabajo.
6. Cursos sin relación con la actividad
Un abogado que se apunta a un curso de cocina, un programador que paga clases de pintura o un diseñador que hace un máster en historia del arte... ninguno de esos gastos tiene vinculación con la actividad profesional y Hacienda los rechazaría. La correlación con la actividad debe ser evidente o estar documentada.
7. Primas de seguro de vida personal
El seguro de vida personal (sin vinculación a un préstamo profesional) no es gasto de actividad. No confundas con el seguro de salud (que sí es deducible hasta 500 €/persona) o con el seguro de vida vinculado a una hipoteca de local.
8. Multas y sanciones
Las multas de tráfico, sanciones de la AEAT o cualquier penalización impuesta por incumplimiento normativo no son deducibles. La lógica es que no pueden computarse como gasto las consecuencias de infracciones.
9. Donativos y donaciones
Las donaciones a ONGs, fundaciones u otras entidades no son gastos deducibles en la actividad. Sí pueden generar una deducción específica en la cuota (hasta el 80 % de los primeros 250 € donados a entidades de la Ley 49/2002), pero eso es diferente a ser gasto de actividad.
10. Confundir deducción de IVA y de IRPF
Este error conceptual es muy frecuente. El IVA que te deduces en el modelo 303 trimestral no vuelve a deducirse en el IRPF. En el IRPF solo deduces el importe neto (sin IVA) del gasto. Si compras un ordenador por 1.210 € (1.000 € + 210 € de IVA), en IRPF el gasto a amortizar es 1.000 €, no 1.210 €.
Cómo justificar los gastos ante Hacienda: facturas, tickets y contabilidad
La justificación de los gastos es tan importante como la deducción en sí. Hacienda puede abrir una comprobación limitada o una inspección y pedirte que acredites cualquier gasto deducido en los últimos cuatro años. Aquí está el protocolo mínimo que debes seguir:
Factura completa: qué debe incluir
Una factura válida para deducción en IRPF debe contener:
- Número y serie de la factura
- Fecha de expedición
- Datos del emisor: nombre/razón social y NIF
- Datos del receptor: tu nombre y NIF
- Descripción del bien o servicio con suficiente detalle
- Base imponible, tipo de IVA aplicado e importe de IVA desglosado
- Importe total
Una factura que ponga solo "servicios prestados" o "varios" sin más descripción puede ser insuficiente si Hacienda requiere más detalle sobre la vinculación con la actividad.
Libros de registro obligatorios
Los autónomos en estimación directa deben mantener:
- Libro de Ingresos: todas las facturas emitidas con fecha, cliente, concepto e importe
- Libro de Gastos: todas las facturas recibidas con fecha, proveedor, concepto e importe
- Libro de Bienes de Inversión: equipos, vehículos y elementos amortizables con fecha de compra, valor y coeficiente de amortización aplicado
- Libro de Provisiones de Fondos y Suplidos (solo actividades profesionales)
Estos libros no se presentan a Hacienda de forma periódica pero debes tenerlos disponibles ante cualquier requerimiento. La mayoría de software de gestión (Holded, Contasimple, Anfix, etc.) los genera automáticamente.
Período de conservación
Debes conservar todas las facturas y documentos contables durante cuatro años, que es el período de prescripción de las obligaciones tributarias. Si tienes bienes amortizables, el período se extiende hasta cuatro años después del año en que termines de amortizarlos. Lo más seguro es conservar todo durante cinco años para cubrir posibles interrupciones de la prescripción.
La novedad 2026: gastos de difícil justificación (5 % / máx. 2.000 €)
La Disposición Adicional 56ª de la Ley del IRPF, modificada con efectos desde el ejercicio 2026, establece que los autónomos en estimación directa simplificada pueden deducir el 5 % de su rendimiento neto previo como provisión para gastos de difícil justificación, con un límite máximo de 2.000 € anuales.
Este importe se aplica automáticamente sin necesidad de justificación individual por facturas. La fórmula es:
Gastos difícil justificación = mín(rendimiento neto previo × 5 %, 2.000 €)
Ejemplo: si tu rendimiento neto previo (ingresos menos gastos justificados) es de 35.000 €, el importe por gastos de difícil justificación será: 35.000 × 5 % = 1.750 €. Si fuera de 50.000 €, sería 2.500 € pero el límite es 2.000 €.
Esta reducción se aplica en la casilla correspondiente del modelo 100 (IRPF) y es compatible con el resto de gastos deducibles. A un tipo del 30 %, 2.000 € equivalen a 600 € menos de IRPF al año por el mero hecho de estar dado de alta como autónomo en estimación simplificada.
Lee más sobre cómo tributa un autónomo en los tramos del IRPF 2026 para calcular exactamente cuánto pagas.
Tabla resumen completa: gasto, porcentaje deducible y límite anual
| Categoría de gasto | % deducible IRPF | Límite / condición |
|---|---|---|
| Cuota de autónomos (SS) | 100 % | Sin límite |
| Alquiler de local externo | 100 % | Parte afecta a la actividad |
| Suministros vivienda habitual | 30 % × % m² afectos | Modelo 036/037 presentado |
| IBI y comunidad vivienda | Proporcional a m² afectos | Mismo requisito 036/037 |
| Vehículo (turismo uso mixto) | 0 % en IRPF | 50 % en IVA sí es deducible |
| Vehículo (uso profesional exclusivo) | 100 % | Taxistas, transportistas, comerciales... |
| Combustible (vehículo profesional) | 100 % | Con factura y justificación |
| Dietas y manutención | 100 % dentro del límite | Máx. 26,67 €/día España; pago electrónico |
| Transporte público (trenes, avión, taxi) | 100 % | Factura o billete nominativo |
| Hotel por desplazamiento profesional | 100 % | Sin límite, con factura |
| Equipos informáticos (> 300 €) | Amortización 26 % máx./año | Tablas simplificadas AEAT |
| Software y suscripciones profesionales | 100 % | Sin límite, gasto corriente |
| Móvil y ordenador (uso mixto) | 50 % orientativo | 100 % si uso exclusivo profesional |
| Formación vinculada a la actividad | 100 % | Sin límite |
| Libros y publicaciones profesionales | 100 % | Sin límite |
| Seguro de salud privado | 100 % | Máx. 500 €/persona (o 1.500 € discapacidad) |
| RC profesional y otros seguros de actividad | 100 % | Sin límite |
| Seguro de vida (vinculado a préstamo profesional) | 100 % | Solo si es condición del préstamo |
| Intereses de préstamos profesionales | 100 % | Sin límite |
| Comisiones bancarias (cuenta de negocio) | 100 % | Sin límite |
| Publicidad y marketing | 100 % | Sin límite |
| Gestoría, asesoría, abogados, notarios | 100 % | Sin límite |
| Material de oficina (papel, tóner, etc.) | 100 % | Sin límite, con factura |
| Gastos de difícil justificación | 5 % rendimiento neto previo | Máx. 2.000 €/año · est. dir. simplificada |
Preguntas frecuentes
¿La cuota de autónomos es deducible al 100 %?
Sí. Las cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen de autónomos (RETA) son deducibles al 100 % como gasto de actividad en el IRPF, sin límite de importe. Esto incluye la cuota base mensual y cualquier cotización adicional por contingencias profesionales o cese de actividad. En 2026, la cuota mínima está en torno a los 230-290 €/mes según la base de cotización elegida, lo que supone entre 2.760 y 3.480 € anuales de gasto deducible solo por este concepto. Más información en nuestra guía sobre la cuota de autónomos en 2026.
¿Qué porcentaje de los suministros del hogar puedo deducir exactamente?
La fórmula legal es: importe del suministro × (metros cuadrados afectos / metros cuadrados totales de la vivienda) × 30 %. Por ejemplo, si dedicas el 25 % de tu vivienda a la actividad y pagas 1.600 € al año de luz e internet, la deducción es: 1.600 × 25 % × 30 % = 120 €. El 30 % es un coeficiente corrector fijo que aplica Hacienda para reflejar que no toda la habitación se usa exclusivamente para trabajar durante todo el día.
¿Puedo deducir el coche si lo uso principalmente para trabajar pero también alguna vez en privado?
En IRPF, no. La posición de Hacienda es que si el coche tiene cualquier uso personal, no puede deducirse en IRPF. Esta postura ha sido cuestionada en algunos tribunales (el TEAC ha admitido cierta proporcionalidad en algunos casos) pero la AEAT sigue manteniendo la doctrina de la exclusividad. El riesgo de deducirlo de forma parcial en IRPF siendo asalariado parcial es alto. En IVA, en cambio, la ley reconoce el 50 % de forma automática.
¿Las comidas con clientes son deducibles?
Técnicamente sí, dentro de los límites diarios (26,67 €/día en España con pago electrónico), pero es uno de los gastos más cuestionados por Hacienda en inspecciones. El Tribunal Supremo ha reconocido en varias sentencias que las comidas de representación son gastos deducibles para los autónomos, pero Hacienda sigue siendo restrictiva. Para maximizar la seguridad: paga siempre con tarjeta, guarda el justificante del pago y anota en el ticket o agenda quién asistió y el motivo profesional de la reunión.
¿Mi teléfono móvil personal es deducible si lo uso para trabajar?
Si usas el mismo móvil para trabajo y uso personal, lo habitual es deducir el 50 % tanto del coste del terminal (amortización) como de la factura mensual del operador. Si puedes acreditar que tienes otro móvil de uso exclusivamente personal y este es solo para trabajo, podrías deducir el 100 %. Hacienda acepta bien el 50 % y raramente lo cuestiona.
¿En qué consiste exactamente la novedad de los gastos de difícil justificación en 2026?
Desde el ejercicio fiscal 2026, los autónomos en estimación directa simplificada pueden deducir el 5 % de su rendimiento neto previo (con un tope de 2.000 €/año) sin aportar facturas individuales. Se calcula sobre los ingresos menos los gastos ya justificados, y se aplica en el modelo 100. Es una reducción automática pensada para pequeños gastos cotidianos que son difíciles de documentar individualmente. Si tu rendimiento neto previo supera los 40.000 €, el tope máximo de 2.000 € se aplica directamente.
Si facturo a clientes del extranjero, ¿mis gastos siguen siendo deducibles?
Sí. El origen geográfico de tus ingresos no afecta a la deducibilidad de los gastos en España. Si eres residente fiscal en España y tributas aquí (más de 183 días al año), todos tus ingresos (nacionales e internacionales) tributan en IRPF y todos tus gastos de actividad son deducibles con las mismas reglas. Sí debes tener en cuenta las reglas de IVA en operaciones intracomunitarias o con países terceros, que son distintas.
¿Cuánto puedo ahorrar en IRPF maximizando mis deducciones?
Depende del tipo marginal, pero el impacto es significativo. Un autónomo con ingresos de 45.000 € y gastos bien optimizados de 18.000 € (cuota SS, gestoría, formación, material, seguro salud, marketing) tiene un rendimiento neto de 27.000 €. Aplicando los gastos de difícil justificación (2.000 €) queda en 25.000 €. A un tipo medio del 25 %, paga 6.250 € de IRPF. Si no dedujera nada, pagaría sobre 45.000 € y con un tipo medio del 30 % pagaría 13.500 €. La diferencia es de más de 7.000 € anuales. Consultar con un asesor para optimizar la declaración siempre tiene un retorno positivo.
Conclusión
Gestionar bien los gastos deducibles no es una cuestión de trucos ni de "colar" gastos personales. Es aplicar correctamente lo que la ley permite para que tu carga fiscal refleje los costes reales de tu actividad. Los tres pilares son sencillos: que el gasto esté vinculado al negocio, que tengas factura correcta y que lo registres en los libros.
En 2026, la deducción por gastos de difícil justificación (5 % / 2.000 € máx.) añade un margen adicional sin burocracia. Si además maximizas la cuota de autónomos, el seguro de salud familiar, la formación, el marketing y los gastos financieros, el ahorro anual puede superar los 2.000-4.000 € según tu nivel de ingresos.
Trabaja con un buen asesor fiscal, separa cuenta personal y profesional, y guarda todas las facturas durante al menos cuatro años. Eso es todo lo que necesitas para estar tranquilo ante cualquier comprobación de Hacienda.
Datos actualizados a junio de 2026. Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Para tu situación concreta consulta con un asesor tributario.
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